Auto11 de marzo de 2008
A- de 2008
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Mercedes Junca Giraldo Vs. Ministerio De Hacienda Y Otros
✓
Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Suscitado Entre El Consejo Seccional De La Judicatura Y La Sala Civil Del Tribunal Superior De Bogota. Ordena Remitir El Expediente Contentivo De La Accion De Tutela A La Sala Disciplinaria Del Consejo Seccional De La Judicatura De Cundinamarca.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Accion De Tutela Contra Beneficencia De Cundinamarca, Arzobispo De Bogota E Instituto De Seguros Sociales
- Competencia del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca
Competencia A Prevención En Tutela
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
Competencia
- Presupuesto de validez de los actos que se profieren
Corte Constitucional
- Función de revisar en la forma que determine la ley, las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales
- Asignación de funciones en forma taxativa, clara y precisa
- No tiene facultad expresa para pronunciarse sobre conflictos de competencia entre distintas autoridades judiciales
- Competencia expresa y explicita
- Organo constituido por y sometido a la Constitución
Consejo Superior De La Judicatura
- Llamado de atención para que cumpla la labor de dirimir conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Constitucion Politica
- Ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuyen la Constitución y la ley
Estado De Derecho
- Fijación de competencias a las autoridades públicas
- Posición jurídica del individuo es diametralmente opuesta a la del funcionario público
Juez
- No le es dado declararse incompetente para conocer acción de tutela que le corresponde de acuerdo a las reglas que rigen el trámite administrativo de reparto
- No le es dado modificar la solicitud presentada por la persona en el escrito de tutela ni excluir autoridades contra las cuales se dirigió la tutela
- Autoridad judicial competente para conocer de la acción de tutela
Juez Natural
- Alcance
Accion De Tutela Contra Autoridad Del Orden Nacional
- Competencia del Tribunal Superior, Administrativo y Consejo Seccional de la Judicatura
Accion De Tutela Contra Autoridades De Diferente Nivel
- Competencia del juez de mayor jerarquía
Conflicto De Competencia
- Competencia para resolver debe ser expresa
Consejo Superior De La Judicatura O Seccionales
- Función de dirimir conflictos de competencia entre distintas jurisdicciones
Debido Proceso
- Aplicación del principio del juez natural
Ramas Del Poder Publico
- Separación permite definir el ámbito de acción de cada uno y la órbita restrictiva de sus competencias
16 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REMITIR, por intermedio de Secretaria General, el expediente de la referencia a la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, para que ejerciendo sus competencias constitucionales y legales, resuelva la accion de tutela impetrada por Mercedes Junca Giraldo contra el Gobierno Nacional -Ministerio de Hacienda y Credito Publico, Ministerio de la Cultura, Ministerio de Educacion Nacional-, la Superintendencia Nacional de Salud, la Universidad Nacional, el Departamento de Cundinamarca, la Beneficencia de Cundinamarca, la Alcaldia Mayor de Bogota, el Departamento Nacional de Planeacion, el Arzobispo de Bogota, la doctora Anna Karenina Gauna Palencia y el Instituto de Seguros Sociales.
- Segundo. Comunicar, por medio de Secretaria General, el presente auto a la Juzgado Once de Familia de Bogota, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional. Para el efecto se remitira copia de la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
✓✓✓✓✓✓✓✓✓
Manuel José Cepeda Espinosa
Ponente
Jaime Araujo Rentería
Salvamento de voto
Clara Ines Vargas Hernandez
Magistrado
Humberto Antonio Sierra Porto
Presidente
Jaime Córdoba Triviño
Magistrado
Marco Gerardo Monroy Cabra
Magistrado
Mauricio González Cuervo
Magistrado
Nilson Pinilla Pinilla
Magistrado
Rodrigo Escobar Gil
Magistrado
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.